top of page

Avances Recientes en los Permisos de Maternidad, Paternidad y Cuidado Infantil



El Gobierno de España ha aprobado una reforma importante que amplía los permisos relacionados con el nacimiento y el cuidado de menores, reforzando la conciliación laboral y familiar. Esta medida introduce más semanas retribuidas, flexibilidad en su disfrute y beneficios especiales para familias monoparentales.



1. ¿Qué Cambia en los Permisos por Nacimiento?


  • El permiso por maternidad o paternidad pasa a 19 semanas retribuidas al 100 %, para cada progenitor.

  • De estas, 6 semanas son obligatorias e ininterrumpidas inmediatamente después del nacimiento o adopción.

  • En caso de hospitalización del bebé, se dispone de tantos días extraordinarios como dure el ingreso,con un máximo de 13 semanas adicionales.

  • Si por desgracia el bebé fallece continua el permiso.

  • Las 11 semanas restantes pueden disfrutarse de forma flexible durante los primeros 12 meses del menor. En el caso de la madre podrá gastar 4 semanas antes del parto.

  • Se pueden utilizar en fracciones, avisando con 15 días de antelación.

  • Si se trata de un parto múltiple, corresponden 2 semanas más por bebé, 1 por progenitor


2. Permiso Parental Adicional (hasta los 8 años)


  • Se suman 2 semanas retribuidas adicionales de permiso parental, que pueden disfrutarse de manera flexible hasta que el menor cumpla 8 años. Estas se añaden al permiso de nacimiento.

  • Si el bebé nació el 2 de agosto de 2024 en adelante corresponde disfrutar las dos semanas extras a partir del 1 de enero de 2026. Se podrán disfrutar hasta los 8 años del bebé.


3. Permisos para Familias Monoparentales


  • Las familias monoparentales dispondrán de hasta 32 semanas de permiso retribuido en total.

  • De estas, 4 semanas podrán utilizarse de forma flexible hasta que el menor cumpla 8 años.


4. Entrada en Vigor y Aplicación


  • El Real Decreto‑ley fue aprobado por el Gobierno el 29 de julio de 2025 y publicado en el BOE el 30 de julio de 2025. Entró en vigor el 31 de julio de 2025.

  • El permiso por nacimiento (17 semanas) no es retroactivo. Las 2 semanas adicionales del permiso parental, sí: para nacimientos desde el 2 de agosto de 2024, se podrán solicitar con carácter retroactivo.


5. ¿Quiénes Se Benefician?


  • Todos los trabajadores: asalariados, autónomos y empleados públicos.

  • Para ser elegible como autónomo, se exige estar al corriente de cotizaciones y cumplir ciertos requisitos de cotización.

  • La prestación se gestiona a través de la Seguridad Social.


6. Contexto y Repercusiones


  • Esta reforma responde a una exigencia europea (Directiva 2019/1158) que España había incumplido, lo que le llevó a estar frente a sanciones de hasta 43 000 € diarios.

  • Con la aprobación de estas medidas se evita dicha sanción y se apuesta por políticas reales de conciliación.



Resumen Comparativo

Tipo de familia

Permiso por nacimiento retribuido

Permiso parental adicional retribuido (flexible hasta 8 años)

Total semanas retribuidas

Biparental (cada progenitor)

17 semanas

2 semanas

19 semanas

Monoparental

Hasta 32 semanas (equivalente a ambos progenitores)



Conclusión


Esta reforma supone un avance muy significativo para la conciliación laboral y familiar en España:

  • Más tiempo retribuido para cuidar a los hijos.

  • Mayor flexibilidad en la distribución del permiso.

  • Reconocimiento especial a familias monoparentales.

  • Cumplimiento de compromisos europeos y eliminación de sanciones.

Comentarios


Fesitess CLM

© 2025 Fesitess Castilla - La Mancha. Todos los derechos reservados.

bottom of page